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Order (Auto)January 2, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Giraldo Martinez Juan Pablo Y Otros·Respondent Empresas Varias De Medellin Sas

✓
Topic · hard data
Declaración De Existencia De Relación Laboral Con Entidad Pública, Basada En La Prestación De Servicios Personales De La Parte Demandante, A Través De Un Vínculo Formal Con Una Empresa Intermediaria.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín.

Es causa de controversia, una demanda laboral ordinaria presentada por unos ciudadanos, en contra de Empresas Varias de Medellín S.A.

E.S.P., con el fin de que se declare que Empresas Varias ha sido el verdadero empleador de los demandantes, toda vez que varias sociedades han sido simples intermediarias de la relación laboral que ha unido a las partes, y solicitan se condene al pago de los salarios insolutos o dejados de percibir y otras acreencias a las que consideran tener derecho por dicha causa.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena observa, de los elementos de prueba que obran en el expediente, entre otros, que los demandantes vienen desarrollando funciones de recolección de los residuos sólidos o como conductores de aseo, razón por la cual, prima facie, tendrían la calidad de trabajadores oficiales, y se ajustarían a la regla general de vinculación con la demandada, por lo que la Sala considera pertinente aplicar la regla de decisión dispuesta en Auto citado, según la cual, de conformidad con el numeral 4º del artículo 105 del CPACA y el numeral 1º del artículo 2 del CPTSS, la jurisdicción ordinaria laboral conocerá de las demandas en las que se pretenda (i) la declaratoria de existencia de una relación laboral con una entidad pública a la que la parte demandante aduce haberle prestado servicios personales, a través de un vínculo formal con una empresa, sociedad o entidad que presuntamente habría actuado como simple intermediaria, (ii) cuando la regla general de vinculación de la entidad pública sea la de trabajadores oficiales y (iii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Juan Pablo Giraldo Martínez, Lucila del Carmen Orrego Rojas, Luis Alberto Betancur López, Ramón Elías Blandón Pérez y Guillermo León Ríos Figueroa en contra de Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5770 al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.